Documentación

Modificaciones de proyectos


1. Consulta sobre el límite de gastos en comidas/cenas en el marco de eventos de proyectos.

La consulta trata del límite aplicable a los gastos de catering (comidas) en los eventos que organizan los proyectos. Hay que diferenciar estos costes de los límites de dietas establecidos en la normativa regional para el personal de las entidades beneficiarias que viaja en el marco del proyecto.

Los costos varían significativamente según el país y el tipo de evento, siendo especialmente complejo en África, lo que dificulta establecer un límite fijo.

Por tanto, no se aplican límites específicos. La razonabilidad y la justificación adecuada deben ser los criterios principales, permitiendo cierta flexibilidad según las circunstancias específicas de cada evento y su ubicación.

Se enfatiza la importancia de que los Controladores Regionales puedan solicitar información adicional a los socios para demostración/comprobación de que el gasto por persona resulta de la mejor opción calidad/precio.

2. Consulta sobre los gastos de viaje necesarios para la tramitación de visados

Los costes de visado mencionados en el artículo 41 del Reglamento Interreg (Reg. UE 2021/1059, de 24 de junio) pueden incluir todos los gastos necesarios para la obtención del visado.

El socio del país africano deberá presentar al socio principal, antes de salir en misión de trabajo, una solicitud justificada con una estimación financiera indicativa de los gastos incurridos en el proceso del visado.

El socio principal será responsable de estos gastos en caso de aprobar la estimación y cubrirá los gastos de viaje y alojamiento esenciales para la obtención del visado por parte del socio africano.

Deberá verificarse y justificarse debidamente que no existe otro método más económico para lograrlo (por ejemplo, si pudiera tramitarse o recibirse por correo electrónico), entendiéndose por “económico” una relación coste/beneficio razonable. En este sentido la justificación de la opción más económica se referirá a todos los gastos en los que se pueda incurrir, esto es, al desplazamiento, al alojamiento y a los que puedan incurrirse durante la estancia.

En este caso, se aceptarán como pruebas:

  • La solicitud realizada al Socio Principal con la respectiva aprobación, la cual deberá demostrar que es más barato el alojamiento que un nuevo viaje de ida y vuelta para recoger el visado.
  • Documento del consulado que pruebe el día de llegada y el tiempo requerido para la recogida del visado.
  • Facturas y justificantes de pago de los viajes y del alojamiento.
3. Consulta sobre gastos de seguro médico obligatorio para viajar.

Los gastos de seguro médico se considerarán elegibles junto con el gasto del visado siempre que se demuestre su obligatoriedad, incluyendo en su caso una duración mayor que el tiempo del viaje si así lo exige el órgano concedente del visado.

4. Consulta sobre la elegibilidad de inversiones en equipos que utilizan combustibles fósiles y excepciones (art. 7º del Reglamento 2021/1058)

La normativa aplicable determina la no elegibilidad de los equipos que utilicen combustibles fósiles (con las excepciones establecidas en la línea h) iii) del art. 7º del Reglamento 2021/1058: “para vehículos, aeronaves y buques diseñados, construidos o adaptados para ser utilizados por los servicios de protección civil y de bomberos”.

5. Costes de personal: Elegibilidad de horas de trabajo efectivas

Solo son elegibles, tal y como indica la Ficha 1: Costes de personal, las horas efectivamente trabajadas en el marco del proyecto, tanto para trabajadores propios como para los contratados en exclusiva. Por tanto, no se deben declarar las horas de bajas laborales, permisos, vacaciones, etc.

6. Consulta sobre elegibilidad de vacunas

En el ámbito de los desplazamientos internacionales, los gastos de vacunas, ya sean obligatorias o recomendadas, se considerarán subvencionables en el marco del proyecto por ser indispensables/necesarias para las condiciones de salud de los respectivos beneficiarios/expertos que viajan a esos países. Dependerá del tipo de proyecto:

Proyectos estratégicos: podrán declararlos como coste real en las partidas:

    • «Gastos de viaje y alojamiento»  para gastos de vacunas del personal propio de las entidades europeas socias,
    • «Gastos de servicios y asesoramiento externos» para los gastos de vacunas de los socios de Terceros países/expertos/peritos/asociados, etc.

Resto de proyectos: podrán declarar los gastos de vacunas a coste real solamente de socios de Terceros países/expertos/peritos/asociados en la partida "Gastos de servicios y asesoramiento externos". Recordamos que los gastos de viaje y alojamiento del personal propio de las entidades europeas socias se calcula automáticamente como el 15% de los gastos declarados de personal y no hay que justificar nada documentalmente.

Otros gastos que no sean estrictamente necesarios no se considerarán un coste real en el marco del proyecto.

7. Consulta sobre financiación de “becas” (prácticas no laborables) a africanos que hagan prácticas en empresas del territorio europeo y viceversa.

El Programa Interreg MAC no financia becas ni prácticas no laborales. Solo son elegibles como costes unitarios de personal los del personal con contrato laboral o mercantil con la entidad beneficiaria que realice actividades en el marco del proyecto.

Programa de Cooperación Territorial Europea
Interreg Madeira-Azores-Canarias (MAC) 2021-2027


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